El hecho ocurrió en noviembre de 2020 cuando la agente municipal concurrió a una vivienda donde se habría estado celebrando una fiesta clandestina. El dueño del lugar le tocó los pechos y la insultó. Rechazaron el sobreseimiento del abusador.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto el sobreseimiento de un hombre acusado de abuso sexual contra una inspectora municipal en Concordia y ordenó continuar con la investigación del hecho ocurrido durante un control en pandemia.
El caso se remonta a la madrugada del 2 de noviembre de 2020, cuando personal municipal y policial acudió a una vivienda ubicada en calle Güemes tras denuncias por una presunta fiesta clandestina, en el marco de las restricciones sanitarias vigentes en ese momento, informó el sitio NA.
Según consta en el expediente, tras una primera intervención sin respuesta, los agentes regresaron al lugar cuando se abrió la puerta por el ingreso de un repartidor. En ese contexto, las inspectoras notificaron a los ocupantes sobre las sanciones correspondientes.
Durante el procedimiento, uno de los presentes habría atacado a una de las trabajadoras. De acuerdo a la denuncia, el hombre “la tomó por detrás, le introdujo la mano por debajo de la remera y le tocó los pechos”, además de proferir insultos.
Tras el episodio, el acusado y otra persona se refugiaron dentro de la vivienda y se negaron a salir sin orden judicial.
El recorrido judicial
La inspectora denunció el hecho por abuso sexual simple contra Juan Katich, quien fue llamado a indagatoria. Su defensa solicitó el sobreseimiento, pero el pedido fue rechazado tanto en primera instancia como en tribunales provinciales.
Sin embargo, en marzo de 2025, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos declaró la nulidad de las actuaciones y consideró extinguida la acción penal por vencimiento de los plazos procesales, lo que derivó en el sobreseimiento del imputado.
La decisión de la Corte
Ante esta situación, la fiscalía presentó un recurso extraordinario que fue admitido por la Corte Suprema.
El máximo tribunal sostuvo que las provincias no pueden establecer plazos máximos de investigación ni fijar causales de extinción de la acción penal que no estén previstas en el Código Penal de la Nación. Con este criterio, dejó sin efecto el fallo del tribunal entrerriano y habilitó la continuidad de la investigación por el presunto abuso. La decisión implica que la causa deberá seguir su curso en la Justicia provincial.


