Luego de haber pasado un verano “inolvidable” en términos de productividad legislativa, el oficialismo se apresta -este jueves 6 de agosto- a debatir el tema que cuantitativamente más le ha costado llevar al recinto en su gestión. Se trata del proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada que ingresó al Congreso el 27 de marzo pasado. Una propuesta que es impulsada por el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, y cuya importancia está reflejada en que en su momento fue personalmente al Senado para defenderla ante las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General. En esa oportunidad -fue el pasado 8 de abril- el funcionario enmarcó la propuesta en lo que definió como los dos pilares centrales de la gestión de Javier Milei: el equilibrio fiscal y la libertad económica.
Esta iniciativa es tan amplia que prevé modificaciones a la Ley de Tierras Rurales; cambios en el régimen de expropiaciones; reformas vinculadas a desalojos; modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego y cambios en normas relacionadas con la propiedad privada y registros inmobiliarios, enumeró el portal Parlamentario.
Pero, sin dudas la discusión más controvertida gira en torno a la Ley de Tierras, ya que el proyecto elimina buena parte de las restricciones nacionales a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros y delega mayores facultades regulatorias en las provincias.
Una batalla tras otra
El oficialismo intentó debatir este proyecto en varias oportunidades, siempre sin éxito. Tres veces fracasó directamente en el Senado, todo un récord. Pero si se cuentan todos los intentos de debatirla, podrá decirse que el de este jueves será el quinto.
-La primera vez que se programó el debate en el recinto y formó parte del temario fue para la sesión del 4 de junio, oportunidad en la cual sí se aprobó el acuerdo con los “holdouts”. Esa vez, en el transcurso de la sesión, se anunció la decisión de postergar “una semana” el debate, aunque luego se resolvió que la fecha de sesión sería al final el 18 de junio. Pero pasaban cosas por esos días, fundamentalmente la situación del entonces jefe de Gabinete Manuel Adorni, que tanto complicaba al oficialismo que lo obligó a no abrir el recinto para evitar que la oposición avanzara con una moción de censura.
-El tercer intento formal -segundo en el recinto- fue el jueves 25 de junio, oportunidad en la que no se alcanzó el quórum. A todas luces, fue porque el tema del ex jefe de Gabinete, Manuel Adorni, se había complicado más aún y prefirieron que no hubiera sesión.
-La cuarta postergación se decidió cuando el proyecto llegó por tercera vez al recinto: el 16 de julio. Ese día el proyecto figuraba en un temario que incluía pliegos diplomáticos y judiciales y la declaración de “capital simbólica de la Argentina” a la ciudad de San Miguel de Tucumán. Pero, ante la falta de votos para aprobarlo se decidió un cuarto intermedio para continuar debatiendo después del receso de invierno y se llamó a sesión para el jueves 6 de agosto.
Ninguna señal indica que se haya modificado la situación y hayan aparecido los votos para un proyecto que tuvo dictamen el 20 de mayo pasado y tantas discrepancias ha generado que desde entonces se confeccionaron 15 versiones del texto, destacó el portal Parlamentario.
Se verá entonces este jueves si este cuarto intento en el recinto -quinta vez que se llama a votarlo- tiene éxito, pero lo cierto es que la idea es incluir ese debate junto a la Ley Hojarasca, otra cuestión que hace rato tiene dictamen y aún no llegó al recinto. Era intención del oficialismo sumar Súper RIGI, pero recién esta semana se debatirá ese proyecto que cuenta con media sanción de Diputados.
Es indudable que este proyecto -impulsado por Sturzenegger- ha generado tanta controversia que se ha formado una gran masa crítica que se verá en las calles este jueves, cuando se prevé realizar una gran movilización contra esa propuesta no solo frente al Congreso, sino también en distintos puntos del país.
Qué dice el proyecto
El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada tuvo correcciones en la reunión en la que se le dio dictamen, el miércoles 20 de mayo. Entre ellos se concedió la eliminación del Capítulo III que derogaba artículos de la Ley 27.453 (Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio Urbana) y dejaba abierta la posibilidad de desalojos inmediatos.
Asimismo, hubo una serie de modificaciones al Capítulo IV que propone 8 artículos con cambios y derogaciones a la Ley sobre el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales (26.737).
Entre las modificaciones a la Ley de Expropiaciones (N° 21.499), se incorpora expresamente la exigencia de que la declaración de utilidad pública, que será de interpretación restrictiva, cumpla con los estándares de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
También se establecen criterios objetivos para la determinación del valor del bien, tomando como referencia la fecha inmediatamente anterior a cualquier acto estatal que pueda influir en su cotización. “De este modo, se evitará que la propia actuación estatal distorsione el valor del bien en perjuicio del expropiado, con lo cual se garantiza un justiprecio real”, sostuvo el PEN.
Asimismo, se regula con mayor precisión el alcance de la indemnización, con inclusión del lucro cesante cuando sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación y se encuentre debidamente acreditado.
Se incorpora, además, un mecanismo de actualización del monto indemnizatorio que contempla la evolución de los precios y una tasa de interés comercialmente razonable, con el objeto de preservar su valor real hasta el momento del efectivo pago. “Esta previsión resulta indispensable en contextos inflacionarios, a fin de evitar que la indemnización se torne ilusoria”, señaló el Gobierno en los considerandos.
Finalmente, se refuerza el rol del control judicial, se asegura la valoración fundada de la prueba técnica y se garantiza el debido proceso.
Por otra parte, el proyecto de ley redefine el régimen de ocupación temporánea y establece límites claros que preserven su carácter excepcional; y se modifica la figura de la expropiación irregular, mediante la incorporación de supuestos en los que el Estado, sin transferir formalmente el dominio, priva sustancialmente al titular de las facultades esenciales del derecho de propiedad, reseñó el portal Parlamentario.
El PEN manifestó que en esta propuesta “se pone el foco en que la protección del derecho de propiedad demanda la existencia de mecanismos procesales eficaces. La demora en la restitución de un inmueble frente a una ocupación ilegítima implica, en los hechos, una privación del derecho sin indemnización, lo cual resulta incompatible con la garantía de inviolabilidad dispuesta por nuestra Ley Suprema”.
En este sentido, el proyecto introduce reformas al Código Procesal Civil y Comercial y al Código Civil y Comercial de la Nación, a fin de establecer la tramitación por vía sumarísima del proceso de desalojo e incorporar mecanismos de restitución anticipada del inmueble en supuestos de verosimilitud del derecho, bajo caución juratoria y con control judicial suficiente.
Asimismo, se modernizan los sistemas de notificación, por medio de la incorporación del domicilio electrónico, y se fortalecen las facultades del juez para identificar ocupantes y asegurar la eficacia de las decisiones.


