La Corte Suprema de Justicia de la Nación publicó el Compendio de Jurisprudencia sobre Femicidios 2026, un documento elaborado por la Oficina de la Mujer que reúne 24 sentencias dictadas entre 2020 y 2025, seleccionadas a partir de causas incorporadas al Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina. Las resoluciones buscan mostrar cómo los tribunales argentinos aplican la perspectiva de género y los estándares nacionales e internacionales al momento de investigar y juzgar estos crímenes.
Según el informe que publicó ayer la Revista Quorum en base al Compendio de Jurisprudencia, la mayoría de los fallos seleccionados terminan en condenas por homicidio agravado por el vínculo y/o por mediar violencia de género, según los incisos 1 y 11 del artículo 80 del Código Penal. En estos casos, la pena que se impone de manera generalizada es la de prisión perpetua.
El informe incluye, además, tres causas donde se analiza la responsabilidad civil del Estado. En ellas se condena a las provincias de Mendoza, Salta y Tucumán -y en uno de los casos, también a un ex juez- por no haber actuado antes de que se produjera el ataque. Un caso adicional refiere a una cuestión procesal: la revocación de un sobreseimiento, con la orden de continuar la investigación.
El contexto determina el femicidio
Uno de los puntos que atraviesa las distintas sentencias es la importancia del contexto previo a la muerte de la víctima. Los tribunales sostienen que el femicidio no se determina únicamente por el hecho de que la víctima sea una mujer, sino por la existencia de una situación previa de dominación, control, amenazas, violencia física o psicológica, celos u hostigamiento, en el marco de relaciones desiguales de poder.
El compendio también hace hincapié en la valoración de la prueba. Aun cuando no hay testigos directos del hecho, las condenas pueden sustentarse en prueba indiciaria: antecedentes de violencia, denuncias previas, pericias y el comportamiento del agresor antes y después del episodio.
Lente normativo
Las sentencias analizadas aplican la Convención de Belém do Pará, la CEDAW, la Ley 26.485 y la Ley Micaela, y remarcan la obligación del Poder Judicial de investigar y juzgar estos casos con perspectiva de género.
Por último, el compendio subraya que, en las investigaciones por femicidio, los jueces deben extremar los recaudos para garantizar el acceso a la justicia y evitar decisiones arbitrarias que obstaculicen el esclarecimiento de los hechos.


