ARCA habilitó un régimen para regularizar deudas tributarias, aduaneras y previsionales vencidas hasta junio de 2026 con planes de hasta 18 cuotas.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un régimen especial de facilidades de pago destinado a micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y entidades sin fines de lucro. La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5875/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.
El nuevo esquema permitirá regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026, además de multas e intereses. La resolución aclara que el plan no implica condonación de intereses ni sanciones, sino que ofrece la posibilidad de financiar la deuda.
Podrán adherirse las micro y pequeñas empresas, las medianas empresas de los tramos 1 y 2 con Certificado MiPyME vigente, los pequeños contribuyentes caracterizados por ARCA y las entidades sin fines de lucro registradas ante el organismo.
Hasta 18 cuotas y adhesión hasta octubre
Para las micro y pequeñas empresas, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro, el plan contempla hasta 18 cuotas para obligaciones impositivas, aduaneras y previsionales y hasta nueve cuotas para retenciones y percepciones impositivas, con un pago a cuenta del 5%. En el caso de las medianas empresas, el máximo será de 15 cuotas y siete cuotas, respectivamente, con un anticipo del 10%.
El monto mínimo tanto del anticipo como de cada cuota será de 50.000 pesos y no habrá límite en la cantidad de planes que cada contribuyente podrá presentar.
Las solicitudes deberán realizarse a través del servicio “Mis Facilidades” disponible en la página de ARCA. El plazo para adherirse vencerá el 30 de octubre de 2026.
Qué deudas quedan excluidas
La resolución excluye del régimen, entre otros conceptos, los anticipos y pagos a cuenta, las cuotas de planes vigentes, los aportes destinados a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), las cuotas del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio y determinadas obligaciones vinculadas al régimen de casas particulares. Tampoco podrán adherirse personas o empresas con condenas firmes por delitos tributarios o aduaneros en los casos previstos por la norma.
Además, ARCA estableció que los planes caducarán automáticamente cuando se registren dos cuotas impagas —consecutivas o alternadas— o una única cuota impaga al finalizar el cronograma de pagos, habilitando al organismo a iniciar las acciones de cobro correspondientes.


